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¿Cuándo es obligatorio hacer un estudio geotécnico?

¿Cuándo un estudio geoténico es obligatorio?

Resulta muy habitual preguntarse ante la construcción o edificación de un proyecto si el estudio geotécnico es obligatorio. Si tienes dudas sobre este tema, te aclaramos cuándo ese obligatorio y cuándo puedes prescindir de él.

¿En qué casos se establece la obligatoriedad del estudio geotécnico?

Siempre que la construcción esté sujeta a la Ley de Ordenación de Edificación (LOE) y al Código Técnico de la Edificación (CTE) será necesario un estudio geotécnico. En este sentido nos referimos a estas construcciones:

Edificios residenciales, de nueva construcción o reformas que afecten a la estructura del edificio. Por ejemplo, las promociones de viviendas y las de autopromoción.

Edificios públicos de todo tipo. Como una biblioteca, un polideportivo municipal, la sede del ayuntamiento…

Edificios industriales que puedan comprometer la seguridad pública. En este grupo entran almacenes agrícolas, naves industriales, edificios anexos para el personal, etc.

Instalaciones obligadas a cumplir el CTE de forma parcial o para alguna de sus partes. Este sería el caso de una instalación para depuración de aguas o una piscina.

Construcciones que no se rigen por el CTE, pero en su normativa propia también se obliga a realizar un estudio geotécnico. Hablamos de puentes, carreteras y otras obras de ingeniería civil.

 

Para la mayoría de construcciones se exige la obligatoriedad del estudio geotécnico, pero hay algunas excepciones.

 

¿Cuándo no hay necesidad de hacer un estudio geotécnico para edificar?

Para que una construcción esté exenta del estudio geotécnico debe cumplir todas y cada una de las siguientes condiciones:

1. La edificación debe ser técnicamente sencilla.

2. Ser de escasa entidad constructiva.

3. El proyecto contemple una sola planta.

4. Su uso no sea residencial o público.

5. No puede afectar a la seguridad de las personas.

 

En la práctica es muy complicado que una construcción reúna estas cinco condiciones. Además, tenemos que contemplar por otra parte los requerimientos marcados por la LOE relacionados con la suscripción de un seguro decenal, que lleva aparejada la obligatoriedad del estudio geotécnico.

 

Posibles consecuencias de no realizar un estudio geotécnico

Sobrecostes inesperados. Implica más presupuesto destinado a las incertidumbres.

Retrasos en la ejecución. Si de descubre que el proyecto es inviable.

Aparición de patologías cuando el edificio ya está en uso.

Incidencias graves durante la construcción o la vida útil del edificio: desalojo, demolición sin víctimas, derrumbe con daños personales…

 

Si necesitas que te asesoremos sobre la obligación de estudio geotécnico en tu caso, consúltanos.

 

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